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Provisión de doña Juana y su hijo don Carlos, dirigida a sus justicias del obispado de Sigüenza, Guadalajara y Madrid, ordenándoles, a petición del Concejo y vecinos de Torrelaguna, que ajusten sus medidas de vino a las que rigen en Ávila y Toledo, de acuerdo a la pragmática de los Reyes Católicos, dada en Toro a 9 de enero de 1496, que se inserta.
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Provisión del Consejo dirigida al corregidor de Madrid, ordenando se cumpla el tenor de la pragmática dada por los Reyes Católicos, en Toledo el 9 de junio de 1502, sobre las medidas judiciales contra los mercaderes y otros vecinos que defraudan a sus acreedores, refugiándose en sagrado para no pagar las deudas.
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Provisión del Consejo dirigida al Concejo de Madrid, confirmando, a ruego de Juan de Villafranca, Cristóbal Tejedor, Juan de Murcia, Pedro García Delgado, Juan de Dos Barrios, Andrés de Hurosa, Miguel Sánchez de las Porquerizas, Miguel Royo y Miguel García, otra de los Reyes Católicos, dada en Segovia, el 3 de octubre de 1503, anulando la ordenanzas de panes y viñas y las penas, en ellas contenidas, por los daños e injusticias que sufrían los vecinos de la Villa y ordenando que el Concejo ponga los mesegueros para los panes y los viñaderos para las viñas y reparta los costes entre las parroquias.
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Provisión del Consejo, confirmando otra dada por los Reyes Católicos en Madrid, 27 de marzo de 1495, prohibiendo que los puercos anden por las calles y autorizando al corregidor la imposición de las medidas necesarias para hacer efectiva dicha prohibición, sin perjuicio para los vecinos.
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Privilegio de confirmación dado por la reina doña Juana, de un albalá de los Reyes Católicos, dirigida a los arrendadores de las rentas de las alcabalas de las carnicerías, paños y zapatería de la Villa de Madrid, comunicándoles la concesión a Pedro de Lujan, hijo de Diego de Lujan y criado del cardenal de España, de diez mil maravedíes en dichas rentas y ordenándoles su asiento en los libros y nóminas de las mercedes de cada año, dada en Córdoba 2 de junio de 1484, y de una carta de merced sobre el mismo asunto, dada en la misma ciudad el 15 de junio de 1484.
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Provisión del Consejo dirigida al corregidor de Madrid, confirmando la dada por los Reyes Católicos en la ciudad de Toledo a 2 de julio de 1502, sobre la recogida de los papeles y documentos de los escribanos difuntos, por las justicias de las Villas y lugares del reino.
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Provisión de los Reyes Católicos, señalando el salario de los escribanos del Concejo de Madrid.